La Comunidad de Madrid ya ha publicado la resolución con las instrucciones de precios reducidos de comedor para el curso 2022 – 2023.
Se adjuntan dichas instrucciones así como el impreso que debe ser cumplimentado y firmado por todas las familias que quieran que se les aplique un precio reducido de comedor escolar por reunir los requisitos de alguna de sus modalidades. Debe ser firmado por padre y madre o tutores, salvo unidades familiares monoparentales, en las que sólo firmará el que tenga la guarda y custodia del menor.
Sólo se rellena la solicitud por una modalidad y se enviará en formato PDF al correo institucional:
cp.santacatalina.majadahonda@educa.madrid.org
indicando en el asunto PRECIO REDUCIDO COMEDOR 2022-23.
En esta primera fase se recepcionarán las solicitudes enviadas a colegio hasta el 30 de junio.
Las modalidades que se podrán ir gestionando son las siguientes (recogidas en la orden adjunta):
Modalidades en las que se pueden realizar consulta de datos en la primera fase si todos los miembros de la unidad familiar autorizan la consulta:
· Renta per cápita inferior a 4.260 euros.
· Renta Mínima de Inserción.
Modalidades en las que NO se pueden consultar datos y se deberá enviar al colegio la documentación oportuna junto con la solicitud:
· Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (sólo Guardia Civil y Policía Nacional). Documento acreditativo actualizado de prestar servicios en la Comunidad de Madrid
· Acogimiento Familiar. Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar. Los alumnos que están tutelados por la Comunidad de Madrid NO están incluidos en esta categoría y tampoco lo están los alumnos que presentan en protección Internacional
· Víctima del Terrorismo. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la condición de víctima del terrorismo del padre, madre o tutor, hermanos o el propio solicitante y siempre que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
· Ingreso Mínimo Vital procedente de RMI. Resolución de la Consejería de Políticas Sociales en la que se notifica al interesado la extinción del RMI por haber pasado a ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
· Ingreso Mínimo Vital por RENTA. Resolución de concesión del IMV y de la prestación reconocida para 2020, 2021 ó 2022.
· Violencia de Género. Orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
· Protección Internacional. Resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición en cualquiera de sus modalidades.